· 30% para el primer millón de euros de gastos deducibles, 25% para el resto de los gastos en España.
· El incentivo tiene un tope de 20.000.000€ por producción (10.000.000€ por episodio en el caso de las series audiovisuales)*.
· Deducción del 50% sobre el primer millón de gastos subvencionables y del 45% sobre el resto de gastos en Canarias.
· El incentivo tiene un tope de 36.000.000 euros.
· Productoras o empresas de servicios con domicilio fiscal en España, inscritas en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) y que hayan ejecutado una película extranjera.
· Gasto mínimo de 1 millón de euros, excepto para animación y postproducción, que debe ser de al menos 200.000 euros.
· El importe de la deducción combinado con otros beneficios no debe superar el 50% de los costes de producción.